CLADE Asesoramiento y Servicios  
   

 
C
lasificación de empresas contratistas de obras

La CLASIFICACION de EMPRESAS como CONTRATISTAS del ESTADO para realizar obras con Administraciones públicas se divide en una serie de categorias que corresponden a los obras para las que podran contratar una vez haya sido obtenida la clasificacion ante la correspondiente Junta Consultiva de Contratacion, clasificación que ha de llevarse a cabo en uno de los siguientes grupos:

A) MOVIMIENTO DE TIERRAS Y PERFORACIONES
1. Desmontes y Vaciados
2. Explanaciones
3. Canteras
4. Pozos y galerías
5. Túneles

B) PUENTES, VIADÚCTOS Y GRANDES ESTRUCTURAS
1. De fábrica u hormigón en masa
2. De hormigón armado
3. De hormigón pretensado
4. Metálicos

C) EDIFICACIONES
1. Demoliciones
2. Estructuras de fábrica u hormigón
3. Estructuras metálicas
4. Albañilería, revocos y revestidos
5. Cantería y marmolería
6. Pavimentos, solados y alicatados
7. Aislamientos e impermeabilizaciones
8. Carpintería de madera
9. Carpintería metálica

D) FERROCARRILES
1. Tendido de vías
2. Elevados sobre carril o cable
3. Señalizaciones y enclavamientos
4. Electrificación de ferrocarriles
5. Obras de ferrocarriles sin cualificación específica

E) HIDRÁULICAS
1. Abastecimientos y saneamientos
2. Presas
3. Canales
4. Acequias y desagües
5. Defensas de márgenes y encauzamientos
6. Conducciones con tubería de presión de gran diámetro
7. Obras hidráulicas sin cualificación especifica

F) MARÍTIMAS
1. Dragados
2. Escolleras
3. Con bloques de hormigón
4. Con cajones de hormigón armado
5. Con pilotes y tablestacas
6. Faros, radiofaros y señalizaciones marítimas
7. Obras marítimas sin cualificación específica
8. Emisarios submarinos

G) VIALES Y PISTAS
1. Autopistas, autovías
2. Pistas de aterrizaje
3. Con firmes de hormigón hidráulico
4. Con firmes de mezclas bituminosas
5. Señalizaciones y balizamientos viales
6. Obras viales sin cualificación específica

H) TRANSPORTES DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS Y GASEOSOS
1. Oleoductos
2. Gaseoductos

I) INSTALACIONES ELÉCTRICAS
1. Alumbrados, iluminaciones y balizamientos luminosos
2. Centrales de producción y energía
3. Líneas eléctricas de transporte
4. Subestaciones
5. Centros de transformación y distribución en alta tensión
6. Distribución en baja tensión
7. Telecomunicaciones e instalaciones radioeléctricas
8. Instalaciones electrónicas
9. Instalaciones eléctricas sin cualificación específica

J) INSTÁLACIONES MECÁNICAS
1. Elevadoras o transportadoras
2. De ventilación, calefacción y climatización
3. Frigoríficas
4. De fontanería y sanitarias
5. Instalaciones mecánicas sin cualificación específica

K) ESPECIALES
1. Cimentaciones especiales
2. Sondeos, inyecciones y pilotajes
3. Tablestacados
4. Pinturas y metalizaciones
5. Ornamentaciones y decoraciones
6. Jardinería y plantaciones
7. Restauración de bienes inmuebles histórico-artísticos
8. Estaciones de tratamiento de aguas
9. Instalaciones contra incendios


Los contratos de obras se clasifican en categorías según su cuantía. La expresión de la cuantía se efectuará por referencia al valor estimado del contrato, cuando la duración de éste sea igual o inferior a un año, y por referencia al valor medio anual del mismo, cuando se trate de contratos de duración superior.

Las categorías de los contratos de obras serán las siguientes:

-       Categoría 1, hasta 150.000 €.

-       Categoría 2, de 150.000 € a 360.000 €.

-       Categoría 3, de 360.000 € a 840.000€.

-       Categoría 4, de 840.000 € a 2.400.000 €.

-       Categoría 5, de 2.400.000 € a 5.000.000 €.

-       Categoría 6, superior a 5.000.000 €.

Las categorías 5 y 6 no serán de aplicación en los subgrupos pertenecientes a los grupos I, J y K. Para dichos subgrupos la máxima categoría de clasificación será la categoría 4, y dicha categoría será de aplicación a los contratos de dichos subgrupos cuya cuantía sea superior a 840.000 €.

Mediante la disponibilidad de patrimonio neto se requiere que la empresa acredite su solvencia económica y financiera según el balance correspondiente al último ejercicio de las cuentas anuales aprobadas, respecto de la fecha en que se solicite la clasificación para cada una de las categorías que alcancen los siguientes importes:

-       Categoría 1, 15.000 €.

-       Categoría 2, 36.000 €.

-       Categoría 3, 84.000 €.

-       Categoría 4, 240.000 €.

-       Categoría 5, 500.000 €.

-       Categoría 6, 1.000.000 €.

No obstante, si al cierre del último ejercicio social se han efectuado ampliaciones de capital, o se han producido hechos financieros relevantes y verificables sobre el patrimonio neto, podrá tomarse en cuenta el patrimonio neto que figure en unas cuentas anuales intermedias posteriores al cierre del último ejercicio, aprobadas por la sociedad y auditadas en las mismas condiciones que las últimas cuentas anuales.

© COPYRIGHT 2008 TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS - CLADE S.L., Desarrollada por: Binary Ingeniería y Software. Aviso Legal.

 

Utilizamos cookies propias y de terceros para realizar el análisis de la navegación de los usuarios y mejorar nuestros servicios. Al pulsar Aceptar consiente dichas cookies. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, pulsando en Más Información.. Aceptar